jueves, 25 de marzo de 2010

La Católica a la Marcha

Hoy no habrán palabras bonitas, hoy iremos directo al grano. La unión del espermatozoide y el óvulo da origen a una "célula" dentro de la cual se producen una serie de procesos bioquímicos, el más importante de todos ellos: esta nueva célula desarrolla un código genético (ADN) completamente nuevo y diferente al del padre y de la madre.
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Cuando alguien analiza una gota de su sangre, un trozo de su uña y una fibra de su cabello, es testigo de una concurrencia natural: todos comparten su mismo código genético, y por lo tanto, puede afirmar válidamente que son parte de su cuerpo. Sin embargo, si una madre compara una gota de su sangre, un trozo de su uña y una fibra de su cabello con la "célula" producto de la unión del espermatozoide y el óvulo, advierte que esta última no comparte el mismo ADN de los tres anteriores, y por lo tanto, NO ES PARTE DE SU CUERPO.
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Conclusiones de este ejercicio: El nuevo ser NO ES PARTE del cuerpo de la madre. El nuevo ser pertenece al género HUMANO, pues tiene un código genético humano, no de un animal o una planta. El aborto MATA, y mata a un miembro del género humano, a una persona. Esto no es una teoría, se trata de un argumento ESTRICTAMENTE CIENTÍFICO, y por lo tanto desprovisto de todo contenido religioso o moral.
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A pesar de ello, hay quienes afirman que la vida empieza con la anidación (aproximadamente 1 semana) o con el inicio de la actividad cerebral (aproximadamente 6 semanas). A todos ellos les preguntamos ¿Qué se le ha agregado a esa "célula" desde la concepción hasta dicho momento? En términos sencillos, se le ha agregado tiempo y comida. ¿Acaso tiempo y comida = Actividad cerebral? ¿Acaso tiempo y comida = vida? El calendario o la comida no son mágicos: si algo no estaba vivo, aún agregándole el mejor de los nutrientes o dejando pasar inclusive años, NUNCA lo estará.
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Y ¿Qué sucede con los casos difíciles? Vayamos uno por uno. Tenemos el aborto terapéutico, que es aquel que se practica cuando existe un riesgo para la vida o la salud (física o mental) de la madre. Aún cuando rechazamos tajantemente que se pueda matar una vida porque se pone en riesgo la salud mental de una persona (¿Ej. frustrar su proyecto de vida?), la crítica que haremos a esta figura va por otro lado. En Derecho Penal, cuando la vida de dos personas se encuentra en peligro, el afectar la vida de una para salvar a otra es una situación NO PUNIBLE; así, si dos alpinistas cuelgan de una misma cuerda y el que está arriba decide cortar la parte inferior y dejar caer a su compañero porque de lo contrario, con el peso de ambos la cuerda cedería y los dos caerían, aquél NO será sancionado penalmente. En este caso concurre un Estado de Necesidad Exculpante, que como tal, se aplica a todos los delitos SIN NECESIDAD DE ESTAR REGULADO ESPECÍFICAMENTE PARA CADA UNO. ¿Por qué sí regularlo en caso del aborto? La respuesta salta a la vista: muchas organizaciones feministas se amparan en este artículo para decir que existe un Derecho al Aborto cuando ello es falso: el aborto terapéutico NO ES UN DERECHO de la mujer, sino un delito no punible (que sigue siendo delito), que para ser aplicado (si REALMENTE fuera necesario) NO REQUIERE SER REGULADO.
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Sigamos con el llamado aborto sentimental, que es aquel en el que se practica un aborto cuando el embarazo ha sido producto de una violación sexual. Se dice que una mujer no tiene por qué verse en la obligación de sufrir con la presencia de un ser que todos los días de su vida le recordará al violador. Recordemos que el aborto MATA a una persona. Si admitimos que bajo este argumento la madre puede matar a su hijo dentro de su vientre, ¿qué le impediría matarlo una vez que ha nacido? Tanto dentro cuanto fuera del vientre materno, el niño le haría acordar al violador. ¿Se justifica matarlo en ambos casos? ¿Cuál es la diferencia? A ello hay que agregar que practicando un aborto en este caso no sólo se aplica una nueva descarga de violencia contra la mujer (finalmente, está matando a su hijo, lo que la lleva a sufrir del Síndrome Post-Aborto), sino que se acaba con el ser más inocente generado a raíz de esta triste relación (violador-madre-hijo).
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El caso del aborto eugenésico no presenta una mayor complicación. La Real Academia Española define "eugenesia" como "Aplicación de las leyes biológicas de la herencia al perfeccionamiento de la especie humana." Se busca seres perfectos. Algunas personas dicen que este supuesto de aborto se da en los casos en los que el concebido no tiene posibilidades de nacer con vida, o una vez nacido, de vivir. Esto es FALSO. La redacción del actual artículo del Código Penal señala que esta clase de aborto se produce cuando el concebido presenta "graves taras físicas o psíquicas". ¿La muerte es acaso una tara psíquica? Nada de gato por liebre. Este supuesto de aborto no esconde sino el deseo de tener hijos perfectos... que se lo digan a Nick Vujicic.
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Las razones para estar a favor de la vida sobran, y las razones para rechazar el aborto, también. Este 27 de septiembre la Universidad Católica promete estar presente en la Gran Marcha por la Vida, y se espera de nosotros, alumnos, una participación alegre y decidida en defensa de aquellos que no tienen voz. Si estás a favor de la vida, esta es la oportunidad perfecta para demostrarlo... si estás en contra del aborto, no actúes como si estuvieras a favor.
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